Calculadora de incapacidades y licencias
La incapacidad general se paga al 66,67% del salario los primeros 90 días y al 50% del 91 al 180, nunca por debajo del salario mínimo. Los dos primeros días los asume el empleador y el resto la EPS. La de origen laboral la paga la ARL al 100% desde el primer día.
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⚠️ El porcentaje daría menos que el salario mínimo diario, así que se pagó al mínimo: una incapacidad no puede dejar a nadie por debajo de él.
⚠️ Pasados los 180 días la responsabilidad deja de ser de la EPS y pasa al fondo de pensiones, que evalúa la pérdida de capacidad laboral. Ese caso ya no es un cálculo de nómina: consulta con tu asesor.
| Tramo | Cómo se calcula | Valor |
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Lo que hay que saber sobre las incapacidades
Quién paga cambia según el origen
En una incapacidad por enfermedad general, los primeros 2 días los asume el empleador y del tercero en adelante la EPS. En una de origen laboral—accidente de trabajo o enfermedad laboral— paga la ARL desde el primer día, y al 100%. Por eso calificar bien el origen no es un trámite: cambia quién pone la plata.
El porcentaje baja a los 90 días
La incapacidad general se paga al 66,67% del salario durante los primeros 90 días. Del día 91 al 180 baja al 50%. La de origen laboral no baja: se mantiene en 100% mientras dure.
Nunca por debajo del salario mínimo
Si el porcentaje diera menos que el mínimo diario, se paga el mínimo. Para quien gana el salario mínimo, dos tercios serían menos de lo permitido — así que su incapacidad se paga completa. En 2026 el mínimo diario es $ 58.364.
A los 180 días el caso cambia de manos
Superados los 180 días continuos, la responsabilidad pasa al fondo de pensiones, que debe evaluar la pérdida de capacidad laboral. Ahí el asunto deja de ser de nómina y entra en terreno de calificación de invalidez.
Las licencias duran lo que dice la ley
La licencia de maternidad son 18 semanas al 100% del salario y la de paternidad 2 semanas, también al 100%. No dependen de lo que certifique un médico: su duración la fija la norma, y por eso la calculadora las aplica completas.
Esta calculadora no cubre todos los casos
Quedan por fuera las incapacidades con salario variable (donde la base es el promedio del último año), las prórrogas que se cuentan como una sola incapacidad, la licencia de maternidad en parto múltiple o prematuro, y los casos con estabilidad laboral reforzada. Para esos, el resultado de aquí es un punto de partida.
Este cálculo es orientativo y sigue la norma colombiana vigente a la fecha de revisión. No es asesoría jurídica ni reemplaza la liquidación oficial de tu empresa. Para un caso particular —salario integral, contratos especiales o acuerdos individuales— consulta con tu asesor laboral.